lunes, 15 de junio de 2020

Nuestras vías pecuarias (1ª parte)



Cada pueblo tiene su idiosincrasia. En La Puebla, a todas las vías de comunicación dentro del Término Municipal les damos el nombre genérico de carriles o carreteras, aunque a alguno de los primeros, en alguna ocasión hemos oído que se les refiriera su carácter de “vereda de carne”;sin embargo la terminología de carriles y en gran manera la de carreteras tienen su origen en antiguas vías pecuarias o en antiguos caminos públicos. En ambos casos nos estamos refiriendo a recursos que forman parte del patrimonio público de un pueblo como lo puede ser un arroyo de su Término Municipal o una calle de su casco urbano. En las líneas que siguen trataremos acerca de su razón de ser, su régimen jurídico y requisitos para su puesta en valor.

¿Qué son las vías pecuarias?
Son caminos de trashumancia que unen los lugares tradicionales de pastoreo. Se definen legalmente como “las rutas o itinerarios por donde transcurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero”. Fueron creadas  durante la Edad Media. Desde el siglo XIII se institucionalizaron y fueron protegidas por los reyes con el asesoramiento de La Mesta. En Andalucía se les conoce de manera genérica como “veredas de carne.”
Constituyen un gran patrimonio. A pesar de todas las ventas, ocupaciones e intrusiones, se ha mantenido un extenso patrimonio territorial. En España la red de vías pecuarias tiene una longitud de 125.000 Km.( unas 450.000 hectáreas, el 1% del territorio nacional). En Andalucía 34.081 Km.

¿Qué protección tiene una vía pecuaria, quién es responsable de su tutela y cuáles son sus obligaciones?
Las Vías Pecuarias son bienes de dominio público que la ley destina al uso público, cuya titularidad ejercen las Comunidades Autónomas y su régimen jurídico básico está regulado en la actualidad por la Ley 3/95 de vías pecuarias. En el artículo 3.1.d se define que las Comunidades Autónomas deben asegurar la adecuada conservación de las vías pecuarias, así como de otros elementos ambientales o culturalmente valiosos, directamente vinculados a ellas, mediante la adopción de las medidas de protección y restauración necesarias.


Vereda de carne de Lora a La Puebla conocida en el pueblo como "carril de La Canaleja, o de Quiebraollas"
( A la izquierda, el pilar de la fuente  Tío Mateo. A la derecha cercano a la curva, su manantial)


¿Qué tipos de vías pecuarias hay?
La red de Vías Pecuarias  estaba constituida por una red de caminos de distinta anchura que recibían distintas denominaciones:
·       Cañadas reales: vías cuya anchura no excede de los 75 metros.
·       Cordeles: vías cuya anchura no sobrepasa los 37,50 metros.
·       Veredas de carne: vías cuya anchura no supera los 20 metros.
·       Coladas: vías de anchura variable hasta unos 4 metros.
Esta red de vías pecuarias se complementan con:
·   Descansaderos: ensanchamientos de la vía pecuaria en donde los rebaños podían descansar o pasar la noche. Oscilaban entre la mitad y 1 hectárea.
·      Abrevaderos: podían ser manantiales,  pozos con pilones o bien se hacían coincidir con el paso de arroyos, ríos o lagunas donde bebía el ganado.
·      Majadas: lugares donde los rebaños pasaban la noche.
·     Contaderos: pasos estrechos en los que poder contar fácilmente las cabezas de ganado. Podían ser puentes o estrechamientos del camino.
El Código Civil y la Ley 3/1995 definen la denominación y anchura máxima que puede tener una vía pecuaria.



¿Cuáles son las vías pecuarias del Término Municipal de La Puebla de los Infantes?
De Norte a Sur, y tal como figuran en este mapa al efecto, son:
  • La vereda de carne de Las Ánimas
  • El cordel de La Liseda/ Aliseda
  • La cañada real El Puerco
  • La vereda de carne del Enriadero
  • El cordel de Hornachuelos (“carril” de La Dehesilla y de Angorrilla)
  • El cordel de las Algeciras
  • La colada del Campillo (“carril” del Santo)
  • La vereda de carne de Lora del Río a La Puebla de los Infantes( “carril” de Quiebraollas y La Canaleja)
En la mayor parte de ellas aparecen sus descansaderos y abrevaderos.

Las vías pecuarias en la actualidad sirven no solo de tránsito de ganado, sino también a otros fines dignos de protección:
·    Tránsito pecuario y comunicaciones agrarias.
·    Ecológicas: Fomenta la biodiversidad, intercambio genético de las especies faunísticas y florísticas, movilidad territorial de la vida salvaje… para la mejora y la diversificación del paisaje rural.
·   Ocio y esparcimiento: Actividades de senderismo, y de turismo rural: de paseo, de cabalgar, cicloturismo, etc.
·  Histórico-cultural: Patrimonio arquitectónico y etnológico, la artesanía asociada a la trashumancia, el empleo de pastor…).
Aunque desaparezca la trashumancia, las vías pecuarias son un patrimonio histórico de interés y son a la vez grandes corredores ecológicos.



Actividad senderista por el tramo del cordel de Hornachuelos desde La Dehesilla al Pueblo




















El cordel de Hornachuelos por Angorrilla


¿Qué le corresponde por tanto a la Junta de Andalucía en nuestro caso?
·   Investigar los terrenos que se presuman pertenecientes a las vías   pecuarias.
·    Deslindar los terrenos.
·    Realizar el amojonamiento.
·    Realizar el inventario de vías pecuarias.
·    Sancionar las vías pecuarias modificadas, cerradas…
·    Exigir el cumplimiento de la Disposición adicional primera de la Ley 3/95: “Las vías pecuarias no clasificadas conservan su condición original y deberán ser objeto de clasificación con carácter de urgencia”.
·     Hacer cumplir la legislación.
El Defensor del Pueblo Andaluz ha manifestado públicamente en más de una ocasión su preocupación sobre este tema que considera una asignatura pendiente de la Democracia en Andalucía.